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Compliance penal y canal
de denuncias para empresas

Cumplir la ley no es suficiente. Las empresas que gestionan bien su riesgo legal no solo evitan problemas: toman mejores decisiones y compiten con más solidez.

El Compliance ha dejado de ser un trámite para convertirse en una herramienta estratégica. Las empresas que lo entienden así no construyen programas de cumplimiento para satisfacer un requisito normativo: los construyen para proteger a su organización, a sus directivos y a su modelo de negocio.

En Martín Porras Abogados diseñamos e implementamos sistemas de Compliance que funcionan en la práctica, no solo sobre el papel. Con visión jurídica, mentalidad de negocio y la experiencia de quien conoce cómo se materializa el riesgo cuando los controles fallan.

En qué podemos ayudarle

Compliance penal

Diseño, implementación y revisión de programas de cumplimiento penal adaptados a la realidad de cada empresa, orientados a prevenir delitos y a eximir o atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica.

Canal de denuncias

Implantación y gestión de canales de denuncia conformes con la normativa vigente, con los protocolos de investigación y respuesta necesarios para que el sistema funcione con garantías reales.

Corporate Governance

Asesoramiento en materia de gobierno corporativo: estructura del consejo, políticas internas, conflictos de interés, deberes de los administradores y marcos de toma de decisiones que reduzcan la exposición legal de la organización.

Compliance sectorial

Programas de cumplimiento adaptados a las exigencias regulatorias específicas de cada sector: financiero, inmobiliario, sanitario, tecnológico o cualquier otro con requerimientos normativos propios.

Nuestra forma de trabajar el Compliance

El Compliance que no está conectado con el negocio no sirve. En Martín Porras Abogados diseñamos programas que se integran en la operativa real de la empresa, que los equipos entienden y que funcionan cuando se ponen a prueba.

Y cuando el sistema falla y el riesgo se materializa, estamos en condiciones de defender a la empresa y a sus directivos con el conocimiento de quien ha construido el programa desde dentro.

Preguntas frecuentes

¿Está mi empresa obligada a tener un programa de Compliance penal?

No existe una obligación legal general, pero contar con un programa eficaz es la principal herramienta para eximir o atenuar la responsabilidad penal de la empresa si se comete un delito en su seno. Para determinadas obligaciones específicas, como el canal de denuncias, sí existe obligación legal a partir de 50 trabajadores.

Un programa que existe sobre el papel pero que nadie aplica no protege a la empresa y puede ser contraproducente en un procedimiento penal. Los tribunales valoran la eficacia real del programa, no su mera existencia.

Como mínimo una vez al año, y siempre que se produzcan cambios relevantes en la actividad de la empresa, en su estructura o en la normativa aplicable. Un programa desactualizado puede ser tan peligroso como no tener ninguno.

Es el mecanismo a través del cual empleados y terceros pueden comunicar irregularidades de forma confidencial. Desde la transposición de la Directiva de whistleblowing, es obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores y para todas las entidades del sector público.

No garantiza que no se abra una investigación, pero un programa sólido y bien implementado puede ser determinante para que la empresa quede exenta de responsabilidad penal o para que las consecuencias sean significativamente menores.

Análisis sobre compliance y prevención del blanqueo

Pensamos como empresa. Actuamos como abogados.

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